COMPRAR VIVIENDA CON LICENCIA TURÍSTICA

A la hora de comprar una vivienda turística que el vendedor dice que tiene licencia turística, estas son las 3 pasos que tenéis que realizar para no cometer un error.
A la hora de comprar una vivienda, y como siempre os digo, no os fiéis de lo que dice el vendedor.
¿Por que? Porque desde que entro en vigor la normativa que regula las viviendas turísticas, esta normativa a sufrido tantos cambios que puede ocurrir que una vivienda que en un principio fue registrada en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de Euskadi (REATE), y tras la entrada en vigor del nuevo Decreto 101/2018 y los cambios en los diferentes Ayuntamientos, esa licencia no este adaptada al nuevo decreto, no sea para el numero de plazas que indica o peor aun, NO SEA LEGAL.
Así que os dejo unos simples pasos para aseguraros que la vivienda turística que compráis cumple con todos lo requisitos legales y que tiene la capacidad de plazas que os indican.
1. Solicitar al propietario el numero de registro en el REATE de la vivienda turística y el informe favorable del Ayuntamiento.
2. Aunque el propietario os de dicha información, es mejor solicitar por escrito en la Delegación de Turismo mas cercana información sobre si la vivienda cuenta de numero de licencia en vigor.
De esta manera podréis saber si la vivienda ha sido adaptada al nuevo decreto. Con la adaptación al decreto, en bastantes casos, se ve reducido el numero de plazas que se pueden ofertar para la vivienda, ya sea por la falta de m2 útiles de la vivienda, por carecer de un segundo baño completo o porque la vivienda tenia habitaciones sin ventilación ni iluminación autorizada (alcobas).


Las delegaciones territoriales son estas:


DELEGACIÓN TERRITORIAL DE ALAVA
Samaniego, 2
01008 Vitoria-Gasteiz
Tfno. 945 017770
Fax 945  017051
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE GIPUZKOA
Easo, 10
20006 Donostia-San Sebastián
Tfno. 943 022500
Fax 943 022542
DELEGACIÓN TERRITORIAL DE BIZKAIA
General Concha, 23
48010 Bilbao
Tfno. 94 4031400
Fax 94 4031445

3. Solicitar por escrito en Ayuntamiento correspondiente si la vivienda cuenta con el informe urbanístico favorable para la realización de la actividad de vivienda turística.
Muchos ayuntamientos, cuando comenzó en 2016 el tema de las viviendas turísticas, carecían de ordenanza reguladora por lo que en un primer momento la mayoría de los Ayuntamientos no se pronuncio sobre la legalidad de las viviendas turísticas.
Ahora que Turismo esta solicitando el informe favorable a dichos ayuntamientos, estos Ayuntamientos o bien ya tienen ordenanza reguladora o equiparan las viviendas turísticas a pensiones, hoteles….con las limitaciones que eso provoca.
El Decreto 101/2018 dicta que una vivienda turística debe tener un informe favorable del Ayuntamiento para poder ser legal, de ahi la importancia de este documento.
Después de estos 3 pasos de comprobaciones, y si todo es correcto, y una vez comprada la vivienda,  tan solo os quedara hacer cambio de titularidad de la licencia de la vivienda.
Para ello se tiene que realizar el registro de una nueva Declaración responsable de modificaciones  en el registro de viviendas turísticas por el nuevo titular de la actividad y firmado por el anterior titular de la actividad.


Articulo redactado por Amaya Vilvdósola, MKR Soluciones